Edited by Zipi on 22/4/2024, 18:33:40
Sí, efectivamente. Si "el sustituto del sustituto" cumple más días de contrato que "el sustituto inicial, que ahora está de baja", se le da continuidad directa al que está en activo. Esto no ocurre cuando el sustituto inicial vuelve de la baja, ocurre automáticamente el mismo día que le supera en días trabajados en ese puesto. Sin embargo no se le rescinde el contrato mientras está de baja, por supuesto. Cesará en cuanto termine la baja y volvería a las listas en su puesto.
No es algo raro. Es curioso cuando ocurre.
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2023/05/25/BOCM-20230525-2.PDF
Está en el 10.2 c) 1.
Corto y pego:
c) Interinos de sustitución: el derecho constitucional a la educación exige que, en base a razones académicas y pedagógicas, el proceso de aprendizaje del alumnado tenga una estabilidad, por ello, es necesario conjugar la garantía de la continuidad del profesorado que imparte las asignaturas en cada curso académico y, a la vez, que dicha garantía no suponga un menoscabo de los derechos del profesorado, en base a ello:
1. Cuando un docente interino ocupe un puesto de sustitución de otro docente interino, que no se encuentre disfrutando del permiso por maternidad, si, en el momento de la incorporación del docente interino sustituido, el tiempo de servicios prestados por el sustituto fuese mayor que el prestado por el sustituido, permanecerá en el puesto el docente sustituto, asignándosele un puesto distinto al docente sustituido, salvo que, en el momento de su reincorporación, no existiese puesto vacante o de sustitución de su especialidad, en cuyo caso procederá el cese del interino sustituto.
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