"Y, por último, cuando los centros educativos públicos deseen emplear aplicaciones educativas que no figuran en los párrafos anteriores, deberán solicitar autorización y supervisión a la Consejería de Educación y Juventud. Deberán abstenerse de emplear aplicaciones o plataformas educativas no corporativas o no consideradas por la Consejería como complementarias que exijan adherirse a las condiciones del prestador del servicio, y que no permitan suscribir un contrato de encargo de tratamiento, donde debe figurar el responsable del tratamiento. Tampoco deberán hacerlo si no son capaces de garantizar y poder demostrar el estricto cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de datos."
Esto deja fuera a Google Classroom. La cosa ya era seria antes, pero se puso más seria aún cuando este verano cayó el Escudo de Privacidad. La DPD no lo autoriza porque no cumple la normativa de la UE.