Siendo interino si, porque tu contrato puede extinguirse en cualquier momento, pero si eres funcionario de carrera, debes tener un IRPF mínimo por debajo del cual no te dejan elegir (obviamente dependiendo de tu situación). Soltera/a sin hijos/as ni personas dependientes a cargo te retendrán sobre un 18 aproximadamente aunque dependiendo de los trienios que tengas. Eso sí, podrás indicar que te retengan un IRPF mayor del que te corresponde, con lo que Hacienda te devolverá al año siguiente lo que hayas pagado de .as.