Por lo que, en mi humilde ignorancia, tengo entendido, es que la complementaria hay que hacerla cuando se tiene más de un pagador en el mismo ejercicio. Y como el dinero por haber sido tribunales de oposición sale del mismo sitio que el que nos pagan todos los meses (la Dirección General de Recursos Humanos de la Comunidad de Madrid, o lo que sea), entiendo que no es ése el caso. Quiero pensar que lo del tribunal será un concepto más, equivalente a estos efectos al de sexenios, trienios, complemento de destino, tutoría...
Teniendo en cuenta que somos funcionarios y que, por lo tanto, nuestros ingresos están más que fiscalizados, yo tenía pensado no hacer nada hasta que me llegue el borrador, y si en él está contemplada la cantidad pagada por haber sido tribunal, es que todo está bien, y si no, ya preguntaré en ese momento. En esta vida he aprendido a no preocuparme por los problemas hasta que aparezcan, por si es que no llegan a aparecer.
Y, digo yo, puesto que no nos han pagado en 2023, pero sí nos pagarán en 2024 (¡o eso espero!), el dichoso tribunal quedará reflejado en la declaración que haremos en la primavera de 2025.
Es la opinión de un lego en la materia, que conste, pero la cuento por si a alguien le parece lógico. Pero sé que no tengo por qué tener razón.
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