Posted by ilapaca on 9/8/2024, 12:27:53, in reply to "El de Madrid está en el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, artículo 50. Primero catedráticos..."User logged in as ilapaca A no ser que haya un decreto autonomico que lo concrete más. Los únicos que no pueden renunciar son los catedráticos. Y además, hay que estar a jornada completa. Message Thread Jefe departamento - Lorena74 8/8/2024, 9:53:19 ¿Es obligatorio aceptarlo si te designa el director? (habiendo otras personas "definitivas") - Cadalso 8/8/2024, 18:08:04 Pues es raro que te nombren si tú no quieres, pero sí es obligatorio. Puedes presentar una renuncia - Estrella 8/8/2024, 20:22:33 El de Madrid está en el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, artículo 50. Primero catedráticos... - Estrella 8/8/2024, 16:55:54 Designa el director,.oído el departamento. Como es real decreto, es así en todas las comunidades+++ - ilapaca 9/8/2024, 12:27:53 ¿Por qué dices que los profesores de secundaria pueden renunciar? - Estrella 9/8/2024, 13:22:28 A ver...lo normal es que en ausencia de catedráticos, en el departamento se llegue a un acuerdo, y - ilapaca 9/8/2024, 15:35:54 « Back to index
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