Buenos días, con la nueva ley de FP los alumnos tienen que realizar la Fase de Formación en Empresas en cada uno de los cursos que dure el grado y dichas prácticas se tienen que evaluar otorgándoles un peso dentro de cada uno de los módulos. Mi pregunta es: ¿Qué pasa si un alumno no puede hacer las prácticas, por ejemplo porque no haya aprobado riesgos laborales o porque no haya conseguido a tiempo su número de la Seguridad Social?. Según la ley se supone que tiene que hacerlas en el siguiente curso ¿Pero cómo se evaluarían entonces, si se supone que esas prácticas estan asociadas a unos módulos que el alumno ya superó en el curso anterior?. Por otra parte, las horas de prácticas para ese alumno se verían incrementadas en el segundo curso, puesto que tendría que hacer las que le corresponderían de segundo más las pendientes de primero, con la consiguiente pérdida de horas lectivas. ¿Es eso correcto?
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