Las instrucciones de inicio de curso para el 25/26 incluyen el acuerdo sobre la reducción progresiva del horario lectivo para los profesores de Secundaria, FP y Régimen Especial. Según lo acordado con las organizaciones sindicales, en este primer curso, la parte lectiva para los profesores que no sean tutores será de 19 periodos semanales, mientras que la parte complementaria será el tiempo restante hasta completar los 30 periodos semanales. Por su parte, los tutores no verán reducido su horario lectivo en este primer curso ya que estos ya tienen reconocida una hora lectiva sin docencia directa para actividades de convivencia. No obstante, ante las dudas planteadas, es conveniente aclarar que, aunque no se ha replicado el párrafo de las instrucciones del curso 24/25: “11. Los tutores de ESO contabilizarán un segundo periodo lectivo de su horario personal para el desarrollo de actuaciones recogidas en el Plan de Convivencia del centro a que hace referencia el Decreto 32/2019, de 9 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. Asimismo, los tutores de los cursos primero y segundo de Bachillerato contabilizarán un periodo lectivo de su horario personal para el desarrollo de actuaciones recogidas en dicho Plan de Convivencia del centro.” La situación permanece inalterada para el curso 25/26, siguiendo el contenido del mencionado acuerdo. Así mismo, con respecto a las dudas surgidas por la denominación del apartado 4.6.4. Horario complementario de obligada permanencia en el centro, hay que hacer constar que, como no puede ser de otra manera, sigue teniendo vigencia el acuerdo alcanzado sobre teletrabajo con las organizaciones sindicales, por lo que debe entenderse que no hay oposición en su aplicación en los términos que este establece. Estas instrucciones de aplicación han sido dadas por esta Viceconsejería a todas sus unidades dependientes para su aplicación con criterios uniformes. Es de hacer constar, como ya se ha indicado a las direcciones de los centros, que los significativos y suficientes recursos dispuestos para el cumplimiento del acuerdo deben ser destinados a tal fin y no a otros, por útiles y positivos que fueran, tales como refuerzos o desdobles, ya que estos cuentan con su propia asignación de recursos.
EL VICECONSEJERO DE POLÍTICA Y ORGANIZACIÓN EDUCATIVA
¿Cómo la interpretáis? Me parece una redacción tan farragosa que me da la impresión que es un nuevo gol a los sindicatos y que en secundaria todos vamos a seguir igual, salvo ese ente tan en peligro de extinción que es el profesor que no es ni tutor, ni jefe de departamento, y eso si es capaz de cerrar a 19 h.



