Edited by pedro3456 on 6/5/2026, 20:10:54
He visto que en las normas de RRHH de Murcia, si lo ponen explicitamente.
Se especifica expresamente que la antigüedad en el cuerpo de Profesores de Educación Secundaria incluye:
El tiempo de servicios prestados como funcionario de carrera en dicho cuerpo.
El tiempo trabajado como funcionario interino en el mismo cuerpo.
El año de servicios como funcionario en prácticas.


